ODS 6 y la recuperación sostenible
![Rectangular Spanish SDG 6](/files/styles/landscape_thin_01/public/media/image/Rectangular%20Spanish%20SDG%20Goal%20%286%29.png?h=73d16ebb&itok=9q733H6N)
Aspectos clave del ODS 6 relacionados con la COVID-19
1. Acceso a agua potable y saneamiento e higiene adecuados y equitativos, incluso mediante la cooperación internacional y el apoyo a la creación de capacidad (metas 6.1, 6.2, 6.a)
Los riesgos para la salud, incluido el riesgo de contraer la COVID-19, se agravan por la falta de acceso a un saneamiento adecuado y a agua potable. 4200 millones de personas no disponen de servicios de saneamiento gestionados de forma segura y 3000 millones carecen de instalaciones básicas para lavarse las manos, lo que les impide adoptar medidas básicas de prevención y seguridad para la COVID-19, como el lavado de manos. La COVID-19 ha destacado el papel fundamental de la inversión adecuada en servicios básicos de agua y saneamiento, incluso a través de la cooperación internacional eficaz y el apoyo para la creación de capacidad.
La desigualdad es una consideración clave para lograr el acceso a un saneamiento e higiene adecuados para todos. Las comunidades y grupos sometidos a discriminación y desventajas estructurales suelen carecer de servicios básicos como el acceso a agua e instalaciones sanitarias, jabón y desinfectante.
Los hogares encabezados por mujeres se enfrentan a mayores riesgos para la salud causados por el acceso deficiente al agua potable y al saneamiento, ya que es más probable que tengan viviendas inadecuadas. Los niños con discapacidades y los que viven en entornos humanitarios suelen estar especialmente desprovistos en lo que respecta a estos servicios.
El acceso al agua potable y al saneamiento ha sido reconocido como un derecho humano esencial para la consecución del derecho a un nivel de vida adecuado, el nivel de salud más alto alcanzable y al derecho a la vida y a la dignidad humana.
Respuesta sostenible y medidas de recuperación:
La pandemia de la COVID-19 ha demostrado la importancia fundamental de invertir y ampliar el acceso a un saneamiento, higiene y acceso adecuados al agua potable para prevenir y contener enfermedades.
Deben garantizarse en todo momento y bajo todas las circunstancias los niveles mínimos de los derechos humanos fundamentales al agua y al saneamiento. Es necesario transformar la urgente necesidad planteada por la crisis de salud pública en garantías y salvaguardias para cumplir los derechos humanos al agua y al saneamiento mediante cambios políticos y legales.
Los gobiernos deben aplicar o restablecer la política de prohibición de los cortes de agua, así como de otros suministros básicos y garantizar una cantidad mínima esencial de agua y suministros básicos esenciales a aquellos que tienen dificultades para pagar dichos servicios y suministros.
Consulte los documentos y recursos enumerados en las "Directrices clave en materia de derechos humanos" para obtener más información.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), art. 11.1: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), art. 14.2.h:
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a: h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD), art. 28.2.a: Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la protección social y a gozar de ese derecho sin discriminación por motivos de discapacidad, y adoptarán las medidas pertinentes para proteger y promover el ejercicio de ese derecho, entre ellas: Asegurar el acceso en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad a servicios de agua potable y su acceso a servicios, dispositivos y asistencia de otra índole adecuados a precios asequibles para atender las necesidades relacionadas con su discapacidad;
Además del derecho al agua potable y al saneamiento (reconocida en la Resolución 64/292 de la ONU), Convención sobre los Derechos del Niño (CRC), art. 24.2.c: Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para:: (c) Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente;
Directrices clave en materia de derechos humanos:
- Los derechos humanos y la privatización de los servicios de agua y saneamiento, Informe de Procedimientos Especiales, (A/75/208), 2020
- Agua, saneamiento, higiene y gestión de desechos en relación con el virus de la COVID-19, Organización Mundial de la Salud (OMS) y Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Orientaciones provisionales, 2020
- Día Mundial del Saneamiento 2020, Procedimientos Especiales, Declaración conjunta, 2020
- Global Hand Hygiene Campaign, World Health Organization (WHO), website (texto solo disponible en inglés)
- Los derechos humanos en el centro de la respuesta, el medio ambiente y la COVID-19, Mensajes clave, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, 2020
- Principios Marco de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos y el Medio Ambiente, Procedimientos Especiales, Informe, 2018
- El derecho al agua, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR), Observación general núm. 15 (E/C.12/2002/11), 2002
- Recursos y casos sobre agua y saneamiento, Instituto Danés de Derechos Humanos, sitio web (texto solo disponible en inglés)
- UN Water Coronavirus global health emergency, website (texto disponible en español)
- Recomendaciones de los mecanismos de vigilancia de los derechos humanos vinculados al ODS 6 por país, Instituto Danés de Derechos Humanos, página de búsqueda
- Derecho y normas de los derechos humanos vinculados al ODS 6 por metas, Instituto Danés de Derechos Humanos, página de búsqueda
![El gráfico muestra el número de recomendaciones producidas por los mecanismos de supervisión de Naciones Unidas que están relacionadas con cada Meta del ODS 6 (Agua limpia y saneamiento). Hay 1673 recomendaciones relacionadas con la meta 6.1.; 1588 recomendaciones relacionadas con la meta 6.2.; y 376 recomendaciones relacionadas con la meta 6.3. Fuente: Explorador de Datos de los ODS-Derechos Humanos, DIHR.](/files/styles/common_02/public/media/image/grafico%206.png?itok=qbxxNI9Z)